Última actualización: diciembre 13th, 2020 - 04:13 am
El nuevo sistema de notificaciones electrónicas parece ser solo la punta del iceberg del desarrollo tecnológico que ha implementado el SEPE para agilizar el procedimiento de comunicación a las empresas requiriendo la devolución de las bonificaciones practicadas en concepto de formación para el empleo.
La segunda carta de no conformidad en la que se conmina al empresario a devolver el importe de las formaciones recibidas por sus trabajadores, negando para más inri su derecho a recurrir, está llegando a los clientes de nuestros asociados antes de los tres meses desde la presentación de las alegaciones a la primera carta, cumpliendo así con la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Esta nueva situación elimina la caducidad como aspecto de defensa. Y ello obliga necesariamente a que el recurso de alzada tenga un planteamiento sólido en cuanto al fondo del asunto. En caso de que el recurso no sea resuelto en 3 meses, deberá acudirse a la jurisdicción de lo contencioso-administrativo para obtener una resolución favorable sobre el fondo.
Oportunidad para que los tribunales interpreten la Ley
Webinar: Nuevo procedimiento de recurso al SEPE
Hemos programado un webinar informativo (videoconferencia) para el próximo miércoles 24 de abril, en horario de 12:30 a 13:30 horas en el que contaremos con la presencia de un representante de nuestro Servicio Jurídico para explicar el nuevo escenario y aclarar todas las dudas.
El guion propuesto para este webinar es:
- Nuevo escenario en las inspecciones del SEPE
- Notificaciones electrónicas
- Tablón Edictal Único en el BOE
- Modelos de alegaciones y recurso de alzada a SEPE
- Recurso ante el Tribunal Contencioso-Administrativo
- Sentencias sobre el fondo del procedimiento
Webinar de acceso libre y gratuito