• Menu
  • Skip to right header navigation
  • Ir al contenido principal
  • Skip to secondary navigation
  • Ir al pie de página

Before Header

Contacta con nosotros  955 271 515

  • Facebook
  • LinkedIn
  • Twitter

AformaE

Asociación Formación y Empresa

  • INICIO
  • NOSOTROS
  • ASÓCIATE
  • SERVICIOS
    • Reuniones Informativas
    • Seguro de Responsabilidad Civil
    • Tramitación de expedientes
    • Servicios Jurídicos
    • Acciones Políticas
  • CURSOS
    • Organización
    • Aula virtual
    • Tutor
    • Formación interna
  • NOTICIAS
    • Inspecciones
    • Normativa
    • Logros
    • IVA
  • CONTACTO
  • ÁREA ASOCIADOS
  • Search

Mobile Menu

  • INICIO
  • NOSOTROS
  • ASÓCIATE
  • SERVICIOS
    • Reuniones Informativas
    • Seguro de Responsabilidad Civil
    • Tramitación de expedientes
    • Servicios Jurídicos
    • Acciones Políticas
  • CURSOS
    • Organización
    • Aula virtual
    • Tutor
    • Formación interna
  • NOTICIAS
    • Inspecciones
    • Normativa
    • Logros
    • IVA
  • CONTACTO
  • ÁREA ASOCIADOS
  • Search

Asociate a AformaE

Si tienes cualquier duda acerca de nuestra asociación o cómo formar parte de ella, habla con nosotros.

(+34) 959 366 005

  • Facebook
  • LinkedIn
  • Twitter

¿Qué hacer con las notificaciones del SEPE en el BOE?

21/03/2019 joseluis@aformae.es

Última actualización: diciembre 22nd, 2020 - 07:59 pm

Notificaciones SEPE

Desde la publicación de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, tal como dice en su artículo 41.1, «las notificaciones se practicarán preferentemente por medios electrónicos y, en todo caso, cuando el interesado resulte obligado a recibirlas por esta vía”.

En el sector de la formación para el empleo las notificaciones electrónicas son obligatorias para las personas jurídicas (empresas, asociaciones, comunidades, etc.) y para las personas físicas que representan a personas jurídicas.

Las personas físicas no están obligadas a recibir las notificaciones electrónicas, incluso aunque desarrollen una actividad económica con empleados a su cargo. Para estas personas físicas, «la práctica de la
notificación a través de medios electrónicos deberá ser elegida de manera
expresa
 por el interesado»,
 tal como dice el artículo 43.2 de la citada Ley.

Nuestro Servicio Jurídico ha redactado una nota informativa con todos los detalles sobre los procedimientos de notificaciones.

Descarga la nota informativa de nuestro Servicio Jurídico

Alertas automáticas del BOE

En el caso en que las notificaciones hayan resultado infructuosas, tanto en papel como por medios electrónicos, «la notificación se llevará a cabo mediante la publicación de un anuncio en el Boletín Oficial del Estado«, tal como dice el artículo 44 de la citada Ley.

Hemos detectado que estas notificaciones en el BOE se realizan regularmente. Toda persona física o jurídica puede darse de alta en el servicio de alertas automáticas de la página web del BOE con su NIF.

Las entidades organizadoras no tiene acceso a estas alertas sobre las notificaciones que se practiquen a sus clientes. En AformaE hemos desarrollado un servicio automático de alertas que avisa a nuestros asociados cuando se publican notificaciones en el BOE.

Suscríbete a nuestro servicio de alertas automáticas

Traslado del expediente a la ITSS

Una vez transcurrido el plazo de 10 días sin haber atendido la notificación, se dará traslado del expediente a la Inspección de Trabajo y Seguridad Social de acuerdo con lo previsto en el art. 17.4 del Real Decreto 395/2007, de 23 de marzo, por el que se regula el subsistema de formación profesional para el empleo.

Los socios de AformaE cuentan con el respaldo del seguro de Responsabilidad Civil colectivo para atender posibles reclamaciones de sus clientes que hayan tenido que devolver las bonificaciones practicadas por la formación para sus trabajadores.

Asegura tu empresa con AformaE

Últimas Noticias

Presenciales con aula virtual en formación programada

Aviso previo a publicación en el BOE

Demanda al SEPE por el Reglamento RD 694/2017

SEPE_recurso_fondo

Recursos al SEPE: el procedimiento se complica

¿Qué hacer con las notificaciones del SEPE en el BOE?

cartas_SEPE_2017

Qué hacer ante las cartas de SEPE del ejercicio 2017

Publicación anterior: «cartas_SEPE_2017 Qué hacer ante las cartas de SEPE del ejercicio 2017
Publicación siguiente: Recursos al SEPE: el procedimiento se complica SEPE_recurso_fondo»

Footer

Miembro de CEOE

Desde el 1 de julio de 2018
Busca nuestro logo en la sección
AformaE en CEOE
CEOE

Contacto

AFORMAE
955 271 515

Avda San Francisco Javier 24, P-1 M-20
41018 Sevilla, España

CONTÁCTANOS
  • Facebook
  • LinkedIn
  • Twitter

Sobre AformaE

Contacta con nosotros y empieza a formar parte de Aformae. Ayudamos a empresas de formación en las dificultades a las que el sector está sometido.

¿Quieres saber cómo? →

  • ¿Por qué asociarse?
  • Cursos
  • Acceso a Asociados
  • Contacto

Site Footer

Copyright © 2021 · Aformae Asociación Formación y Empresa · Diseño Web Sevilla