Última actualización: abril 13th, 2021 - 10:03 am
Las Entidades Impartidoras están recibiendo una carta de SEPE en la que se les comunica que van a ser objeto de actuaciones de seguimiento y control las acciones formativas bonificadas impartidas, en la modalidad de teleformación, en el primer semestre del año 2017, según han comunicado a FUNDAE las Entidades Organizadoras que se relacionan en la misma carta.
En el plazo de 10 días desde la recepción de la carta se requiere en formato digital la siguiente documentación:
- Ratificar que se han impartido las acciones formativas
- Declaración responsable de inscripción de la Entidad Impartidora
- Datos de todos los alumnos y pruebas realizadas
- Instalaciones y recursos humanos utilizados
- Medios tecnológicos utilizados
- Material didáctico
- Contrato con la Entidad Organizadora
Toda esta información debe ir justificada con documentos o medios de prueba admitidos en derecho. Todos los costes deben justificarse en proporción a las horas y alumnos de la acción formativa.
Descarga el documento completo en la Intranet de Asociados
Desde la Asociación Formación y Empresa calificamos estas medidas como un abuso de poder y una discriminación del sector de las empresas de formación, por solicitar la justificación de todos los costes de un servicio facturado y cobrado a otra empresa privada, conforme a las normas aceptadas del mercado libre. La Entidad Impartidora no recibe ni subvenciones, ni cualquiera otra forma de financiación con dinero público de ninguna Administración Pública y, sin embargo, se le exige justificar hasta el papel higiénico utilizado para impartir una acción.
Por estas y otras muchas razones, el sector de la formación a empresas debe unirse para defender una regulación justa del mercado de la formación a empresas. La normativa actual es totalmente discriminatoria respecto a otros sectores que suministran productos o servicios a personas o empresas que reciben dinero público para todo tipo de fines. En todos estos casos basta con presentar la factura del suministrador para justificar el coste del bien subvencionado y nunca se exige la justificación de costes de esa factura al suministrador.
Asóciate para luchar contra el abuso de la Administración.